El programa de ayudas INPYME 2025 abre plazo de solicitud mañana 21 de marzo. Se trata de unas ayudas dirigidas a PYMES convocadas por la Consellería de Innovación, Industria, Comercio y Turismo. A continuación les detallamos la información más importante. Se adjunta la guía para la solicitud y el texto íntegro de la convocatoria.
Plazo de Solicitud: 21/03/25 al 11/04/2025
Enlace a la solicitud Canal Empresa: https://canalempresa.gva.es/
Puesta en funcionamiento de los activos subvencionados: la puesta en funcionamiento de los activos subvencionados deberá producirse entre el 01 de ENERO de 2025 y la fecha de finalización del plazo de justificación.
Plazo de Justificación: hasta el 04/11/2025.
Objeto: realización de proyectos de inversión que supongan la reindustrialización de la Comunitat Valenciana por las PYMES vinculadas a sectores específicos.
Requisitos de la Empresa:
– PYME con sede en la CV.
– Se considerarán como PYME las empresas que empleen a menos de 250 personas y que, además, o bien tengan un volumen de negocio anual no superior a 50.000.000€, o bien un balance general no superior a 43.000.000€. Además, la PYME debe contar con alguno de los CNAEs recogidos en la convocatoria.
Cuantía de la subvención: 30% de los costes subvencionables.
Presupuesto mínimo: 20.000 € (IVA EXCLUIDO).
Subvención máxima 200.000 €.
Costes subvencionables:
a) Costes externos de adquisición de maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales directamente vinculados a la producción, que sean necesarios para la implantación, mejora o modernización de las líneas de producción.
b) Costes de mejoras en maquinaria, aparatos, equipos y otros activos materiales preexistentes en el inventario de la empresa.
c) Costes externos de adquisición, diseño a medida, implantación o puesta en funcionamiento de activos inmateriales, como patentes, marcas, modelos de utilidad y licencias de fabricación, diseños industriales o de producto, así como el software, las aplicaciones o los desarrollos e innovaciones industriales realizadas por terceros para la empresa beneficiaria, siempre que estén vinculados directamente a la producción industrial.
d) Costes imprescindibles para el registro, obtención, validación y defensa de patentes, marcas, modelos de utilidad, diseños y desarrollos industriales y otros conocimientos técnicos, generados por la empresa solicitante.
e) Costes externos incurridos para obtener la certificación u otras formas de homologación o normalización de productos, composiciones, sistemas o procesos industriales.
f) Costes de contratación externa de ingeniería industrial y/o tecnológica.
g) Gastos de la auditoría para la elaboración del informe de revisión de la documentación justificativa de la subvención.
Enlace a documentación de interés: https://
Dudas sobre el trámite: dgie_convocatorias@gva.es
25-03-18 DOGV Convocatoria INPYME 2025 cast