Ante los graves daños causados por la DANA del 29 de octubre en nuestras empresas, el Ayuntamiento ha activado estas ayudas fiscales para apoyaros:
1. EXENCIÓN DEL IBI (Impuesto sobre Bienes Inmuebles)
¿Quién puede solicitarla?
- Empresas con locales o naves dañados por la DANA
- Negocios que han tenido que reubicarse temporalmente
Pasos para solicitar la exención:
EMPRESAS (Personas Jurídicas):
- Acceder a: https://oficinavirtual.ribarroja.es/PortalCiudadania/info/inicio.do
- Rellenar la Instancia General incluyendo:
- Dirección del inmueble
- Referencia catastral
- Declaración de daños por la DANA
- Es muy importante que la solicitud se presente a través del impreso normalizado que aparece Instancia General a nombre del titular catastral de la empresa.
- Además, es imprescindible que en la instancia quede incorporada esta declaración, si es el caso: que los bienes inmuebles han resultado dañados como consecuencia directa de la DANA acaecida el 29/10/2024, y que tanto los bienes en ellos ubicados han tenido que ser objeto de realojamiento total o parcial en otros locales o empresas diferentes hasta la reparación de los daños sufridos.
- Adjuntar CIF de la empresa
AUTÓNOMOS (Personas Físicas):
- Pueden realizar el trámite presencialmente en el Registro del Ayuntamiento por sede Electrónica del Ayuntamiento.
- Misma documentación que las empresas
2. REDUCCIÓN DEL IAE (Impuesto de Actividades Económicas)
¿Para quién?
- Empresas que han tenido que cerrar temporalmente
- Negocios reubicados por los daños
¿Cuándo solicitarlo?
- Al reabrir tu negocio
- A partir del 1 de enero de 2025
EMPRESAS (Personas Jurídicas):
- Acceder a: https://oficinavirtual.ribarroja.es/PortalCiudadania/info/inicio.do
- Rellenar la Instancia General incluyendo:
- Dirección del inmueble
- Referencia catastral
- Declaración de daños por la DANA
- Declarar “según proceda en cada caso”: que los bienes inmuebles han resultado dañados como consecuencia directa de la DANA acaecida el 29/10/2024, y que las industrias de cualquier naturaleza, han tenido que ser objeto de realojamiento o se hayan producido daños que obliguen al cierre temporal de la actividad.
- Adjuntar CIF de la empresa
AUTÓNOMOS (Personas Físicas):
- Pueden realizar el trámite presencialmente en el Registro del Ayuntamiento o por sede Electrónica del Ayuntamiento.
- Misma documentación que las empresas
Información: Oficina de Apoyo y Recuperación Empresarial Ribactiva Empresas:
- Teléfonos: 615 226 993 y 647 506 265
- Horario:
- Lunes a jueves: 8:00 a 14:30
- Viernes: 8:00 a 14:00
IMPORTANTE:
- El IBI ya se puede solicitar
- Para el IAE, espera a reabrir o al 1 de enero 2025
- Las solicitudes deben ser presentadas por el titular catastral
Estamos a tu disposición para cualquier duda o aclaración en la Oficina de Apoyo y Recuperación Empresarial Ribactiva Empresas:
- Teléfonos: 615 226 993 y 647 506 265
- Horario:
- Lunes a jueves: 8:00 a 14:30
- Viernes: 8:00 a 14:00
- Correo: info@ribactivaempresas.com
Desde el Ayuntamiento de Riba-roja de Túria somos plenamente conscientes de que nuestras empresas son el motor económico y social de nuestro municipio. Los daños causados por la DANA han afectado gravemente a la mayoría de las empresas de nuestro municipio, y queremos que sepáis que no estáis solos en este proceso de recuperación.
Estas medidas fiscales son solo el primer paso de nuestro compromiso con la recuperación del tejido empresarial de Riba-roja. Seguiremos trabajando incansablemente para identificar y activar todas las ayudas posibles que faciliten la vuelta a la normalidad de vuestros negocios.